Sí, estos datos gozan de una protección reforzada. Los datos sensibles son aquellos que revelan el origen racial o étnico, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia sindical, o que se refieren a la salud, incluidos los datos genéticos (art. 1, punto 3).
La autorización previa es la regla general. El tratamiento de datos sensibles está supeditado a una autorización legal que establezca sus condiciones; en su defecto, deberá ser autorizado por la Comisión Nacional (art. 21). Dicha autorización se concede sobre la base de su consentimiento expreso, o cuando el tratamiento resulte indispensable para el ejercicio de las funciones legales o estatutarias del responsable del tratamiento (art. 21). También puede concederse para proteger intereses vitales, cuando los datos hayan sido manifiestamente hechos públicos por el propio interesado, o para la defensa de un derecho en procedimientos judiciales (art. 21).
Con carácter general, el tratamiento de datos sensibles está sujeto al régimen de autorización previa de la Comisión (art. 12).
La excepción en materia de salud. A título de excepción, el tratamiento de datos de salud únicamente está sujeto a una declaración ante la Comisión cuando su única finalidad sea la medicina preventiva, el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria o la gestión de servicios de salud, y sea llevado a cabo por un profesional sujeto al secreto profesional (art. 22).
Esto es información jurídica general, no asesoramiento legal. Para asesoramiento sobre su situación específica, consulte a un abogado colegiado en Marruecos.