Código de circulación de Marruecos: permiso de conducir, permiso por puntos y reconocimiento médico (Ley 52-05)
La Ley 52-05 establece la normativa aplicable al permiso de conducir en Marruecos. Tanto si se está preparando para obtener su primer permiso, como si conduce con un permiso extranjero o desea comprender el sistema de puntos, esta guía explica los aspectos esenciales de forma práctica.
¿Es obligatorio el permiso para conducir?
Sí. Nadie puede conducir un vehículo a motor en una vía pública sin estar en posesión de un permiso de conducir en vigor, expedido por la administración y correspondiente a la categoría del vehículo conducido (art. primero). Este requisito se aplica igualmente a los vehículos agrícolas y forestales, así como a la maquinaria de obras públicas que utilice la vía pública (art. 6). El permiso deberá presentarse a requerimiento de los agentes de la autoridad (art. 9).
Las categorías van desde la «A1» (ciclomotores ligeros) hasta la «E(D)» (conjuntos de vehículos pesados), y cada una habilita para conducir un tipo específico de vehículo (art. 7). Cada categoría únicamente autoriza la conducción de los vehículos correspondientes (art. 8).
¿Conducir con un permiso extranjero?
Existe un régimen específico aplicable. Los ciudadanos marroquíes residentes en el extranjero pueden conducir en Marruecos durante un máximo de un año a partir de la fecha de su residencia, utilizando su permiso extranjero en vigor; los conductores extranjeros se benefician del mismo período de un año desde el inicio de su estancia temporal (art. 2).
Transcurrido dicho plazo, deberá superar las pruebas del permiso marroquí o solicitar el canje del permiso cuando Marruecos y el país de expedición estén vinculados por un acuerdo de reconocimiento mutuo, o cuando el Estado correspondiente reconozca el canje del permiso marroquí (art. 3). Para los desplazamientos internacionales, los organismos habilitados podrán expedir un permiso de conducir internacional (art. 4).
Requisitos para presentarse a las pruebas del permiso
Para acceder al examen, deberán cumplirse varios requisitos (art. 11):
- Edad mínima: 16 años para la categoría «A1»; 18 años para «A», «B» y «E(B)»; 21 años para «C», «D», «E(C)» y «E(D)»;
- Aptitud física y psíquica, acreditada mediante certificado médico;
- Formación en un centro homologado para las categorías C, D, E(C) y E(D);
- Titularidad previa de otros permisos para determinadas categorías de vehículos pesados (por ejemplo, ser titular de la categoría B con una antigüedad mínima de dos años y un saldo de al menos 12 puntos para obtener las categorías C y D).
El permiso se expide tras superar dos pruebas: una prueba de conocimientos teóricos y una prueba de aptitudes y comportamiento en la conducción (art. 10).
El reconocimiento médico obligatorio
Antes del examen, es preceptivo someterse a un reconocimiento médico obligatorio que verifique que las aptitudes del interesado le permiten conducir con seguridad y que no padece ninguna afección que contraindique la conducción (art. 12). Una discapacidad compatible con la conducción podrá suplirse mediante la adaptación del vehículo o mediante un dispositivo médico, cuya mención constará en el permiso (art. 13).
El reconocimiento no es un trámite único. Todo titular de permiso deberá renovarlo cada diez años; este plazo se reduce a dos años a partir de los 65 años de edad, y a dos años para los conductores dedicados al transporte de mercancías o de viajeros (art. 14). También será preceptivo someterse a reconocimiento en el plazo de treinta días en caso de enfermedad o discapacidad incluida en el listado reglamentario, o por orden de la administración a raíz de un accidente que haya causado un homicidio involuntario (art. 15). Estos reconocimientos son realizados por médicos homologados por la administración (art. 21). En caso de disconformidad con el resultado, el interesado podrá solicitar un reconocimiento contradictorio ante una junta médica de apelación (art. 19).
El período de prueba
Tras superar el examen, se obtiene en primer lugar un permiso sujeto a un período de prueba de dos años, con un saldo de 20 puntos (art. 23). Si durante dicho período se pierden todos los puntos, el permiso quedará automáticamente cancelado y no podrá presentarse nuevamente a las pruebas hasta que hayan transcurrido al menos seis meses; el nuevo permiso en período de prueba tendrá una duración de un año y contará únicamente con 10 puntos (art. 24). Una nueva cancelación durante ese período eleva la espera a dos años (art. 25).
Si durante el período de prueba se pierde más de dos tercios de los puntos, el titular deberá asistir a un curso de educación vial (art. 26). Al término del período de prueba, el permiso se canjea por otro con el saldo máximo de 30 puntos (art. 27).
El permiso por puntos: deducción y recuperación
El permiso lleva asociado un saldo de puntos que se reduce cuando el titular es condenado por una infracción tipificada o cuando abona una multa de transacción a tanto alzado; el permiso queda cancelado cuando el saldo se agota (art. 22). El pago de la multa equivale al reconocimiento de la infracción y conlleva la deducción de los puntos correspondientes en todas las categorías del permiso (art. 28). El número de puntos deducidos depende de la gravedad de la infracción (art. 29). La deducción se notifica al titular mediante carta certificada con acuse de recibo (art. 30).
Existe la posibilidad de recuperar puntos. Durante el período de prueba, la asistencia a un curso de educación vial permite recuperar 4 puntos (art. 33). Una vez superado el período de prueba, si el titular no comete ninguna infracción que conlleve pérdida de puntos durante tres años consecutivos, el saldo se restablece al máximo de 30 puntos (art. 35); un año sin infracción permite recuperar 4 puntos, y dos años consecutivos sin infracción elevan cualquier saldo inferior a 8 puntos hasta 12 puntos (art. 35). Si se pierden todos los puntos una vez concluido el período de prueba, no podrá presentarse nuevamente a las pruebas hasta que hayan transcurrido seis meses y se haya completado un curso de educación vial por cuenta del interesado (art. 34).
La tarjeta de conductor profesional
Para dedicarse profesionalmente a la conducción de determinados vehículos pesados, vehículos de transporte público de viajeros, taxis de primera y segunda categoría o autobuses urbanos, es obligatorio estar en posesión de una autorización de conductor profesional, previa superación de una formación de cualificación inicial (art. 40). Dicha tarjeta se renueva cada cinco años mediante formación continua (art. 41).
Conclusiones clave
El permiso de conducir marroquí se obtiene tras superar un reconocimiento médico y dos pruebas, comienza con un período de prueba de dos años con un saldo de 20 puntos y asciende posteriormente a 30 puntos. Conduzca con prudencia: los puntos se pierden con rapidez, pero pueden recuperarse con el tiempo o mediante la asistencia a cursos de formación, y el reconocimiento médico periódico es obligatorio durante toda la vida del conductor.