Se requiere una antigüedad mínima de seis meses.
Si usted tiene un contrato de duración indefinida, tendrá derecho a la indemnización por despido tras seis meses de trabajo en la misma empresa, independientemente de la modalidad de su remuneración (art. 52).
El importe, por año o fracción de año de trabajo efectivo, es igual a (art. 53):
- 96 horas de salario por los primeros 5 años de antigüedad;
- 144 horas de salario del 6.º al 10.º año;
- 192 horas de salario del 11.º al 15.º año;
- 240 horas de salario a partir de los 15 años.
El cálculo se basa en el promedio de los salarios de las 52 semanas anteriores a la extinción del contrato (art. 55), y el salario tomado en consideración no podrá ser inferior al salario mínimo legal (art. 56). El cálculo incluye el salario y sus complementos: primas e indemnizaciones vinculadas al trabajo, ventajas en especie, comisiones y propinas (art. 57).
Podrán establecerse disposiciones más favorables en su contrato, en el convenio colectivo o en el reglamento interno (art. 53). Asimismo, si usted es delegado de personal o representante sindical despedido durante el ejercicio de su mandato, la indemnización por despido se incrementará en un 100 % (art. 58).
Esto es información jurídica general, no asesoramiento legal. Para asesoramiento sobre su situación específica, consulte a un abogado colegiado en Marruecos.