La regla general: no más de una vez cada tres años. No podrá acordarse ningún aumento durante un período inferior a tres años desde la celebración del contrato de arrendamiento o desde la última revisión (art. 32). Si no se ha previsto ningún pacto de revisión, la renta podrá revisarse tras cada período de al menos tres años (art. 33).
Los límites del aumento (art. 34):
- 8% para los locales destinados a uso residencial;
- 10% para los locales destinados a uso profesional.
Régimen especial para rentas reducidas: si la renta no supera los 400 dírhams mensuales, es el juez quien fija el porcentaje, sin que pueda exceder el 50% (art. 35).
El arrendatario y el arrendador tienen libertad para acordar de mutuo acuerdo las condiciones de revisión, pero sin superar los porcentajes establecidos por la ley (arts. 31 y 32). En caso de desacuerdo, corresponde al tribunal de primera instancia resolver (art. 38). Cabe señalar que el nuevo aumento no tiene carácter retroactivo; se aplica únicamente a partir de la acción judicial o del requerimiento formal (art. 37).
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+−Mi arrendador quiere desalojarme: ¿en qué casos tiene derecho a hacerlo y tengo derecho a una indemnización?
El preaviso solo procede por recuperación para uso propio, demolición/obras mayores o impago de renta, con un plazo de preaviso de dos meses; en caso de recuperación validada, recibirá sus gastos de mudanza más un año de renta.
+−¿Puedo subarrendar mi apartamento, por ejemplo en Airbnb?
El subarrendamiento de una vivienda está prohibido sin el consentimiento escrito del arrendador, y los alquileres turísticos como Airbnb están sujetos a otra normativa, además de exponer al arrendatario al desalojo y a la resolución automática del contrato.
+−El calentador de agua está averiado y el arrendador no hace nada: ¿quién debe asumir el coste de las reparaciones?
Las pequeñas reparaciones derivadas del uso son responsabilidad del arrendatario, mientras que el mantenimiento y los vicios ocultos corresponden al arrendador; tras notificarle por vía legal y transcurrido un mes sin actuación, el tribunal puede autorizar al arrendatario a ejecutar las obras y deducirlas de la renta.
Ceci est une information juridique générale, et non un conseil juridique. Pour un conseil adapté à votre situation, consultez un avocat inscrit au barreau au Maroc.
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